El Congreso de la Unión Debe Asumir un Papel Preponderante Ante los Tratados Internacionales: Dip. Jorge Hernández
Por José Franco
Ante la globalización que el mundo presenta y la oportunidad de que el crecimiento económico de nuestro país se vea favorecido cada vez más, el diputado federal Jorge Hernández Hernández, propusó una iniciativa con Proyecto de Decreto que modifica, adiciona y deroga diversas disposiciones a los artículos constitucionales: 73, 76, fracción I, 89, fracción X y 133 expongo lo siguiente:
Expresó que en “los ámbitos de acción del Derecho de un país, como lo demuestra la teoría y práctica jurídica, van más allá de sus fronteras territoriales, y es en este sentido que se habla de los lineamientos que debe de seguir un Estado cuando interactúa con otras naciones o entes de carácter internacional, al hacer alusión del desempeño de una Política Exterior determinada”.
El diputado integrante de la Comisión de economía agregó que en estos momentos en que la llegada innegable de la globalización en todas las ramas de la actividad humana, y el reflejo de esta situación, en la política exterior de México, es necesario llevar a cabo una reflexión prospectiva y analítica de los principios establecidos anivel Constitucional que se han venido aplicando y el destino que éstos tendrán con la nueva dinámica internacional, ya sea para la adecuación de estos mismos, omisión de algunos, o incluso la integración de nuevos principios.
Reiteró el legislador por Ecatepec que estos principios han hecho eco en diferentes escenarios de la vida política, social y cultural de México, sin embargo el papel que juega el Poder Legislativo en su conjunto, Cámara de Diputados, Cámara de Senadores, es preponderante y no sólo enunciativo, es decir la Cámara de Diputados debe participar en voz y voto sobre las consideraciones a la aprobación de tratados, acuerdos, convenios, pactos, protocolos, convenciones internacionales.
Dijo que con base en el artículo 89, fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “se puede corroborar cuando se señala que –para el caso concreto de México-, una de las cuestiones medulares que ha sido menester atender en este tópico, es la manera en que los principios de política exterior contenidos en la Constitución y que se derivan de los principios fundamentales de instrumentos internacionales como la Liga de las Naciones, la Carta de las Naciones Unidas, pero también de postulados mexicanos como la Doctrina Carranza, puedan aplicarse a las nuevas realidades internacionales”
Subrayó que es realmente la Cámara de Diputados en donde se deposita la representación popular de la Soberanía Nacional, conforme a lo dispuesto en la Carta Magna de 1917.
Es por ello, que la Cámara de Diputados debe participar de manera dinámica, en la aprobación de tratados, mismos que pueden llamarse convenciones, convenios, pactos, protocolos, acuerdos, etcétera, y en los acuerdos interinstitucionales que pueden nombrarse acuerdos administrativos, convenios ejecutivos, acuerdos, convenios, memorandos, entendimientos, etcétera; ya que tanto los tratados como los acuerdos interinstitucionales pueden ostentar otro nombre como se expresó anteriormente.
Sustancial es la participación de la Cámara de Diputados en estos tratados para que en su rol de representante de la Nación establecido en el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, defienda en su análisis, discusión, aprobación los menesteres económicos, sociales, políticos y culturales que más convengan a la sociedad mexicana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario