sábado, 13 de junio de 2020

Cámara de Diputados

Logra consenso la Comisión de Justicia sobre el proyecto de dictamen en materia de protección al personal de salud
* Se impondrían de uno a diez años de prisión a quien los agreda
* Incluye a las Fuerzas Armadas en tareas de auxilio
Redacción
En reunión virtual, la Comisión de Justicia logró el consenso para que una vez que reinicien las actividades presenciales en la Cámara de Diputados se apruebe el “Proyecto de dictamen de iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, y de las leyes General de Salud y la Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de protección al personal del Sistema Nacional de Salud”. 


Sancionar delitos contra el personal médico y de emergencias
La presidenta de la instancia legislativa, diputada Pilar Ortega Martínez (PAN), subrayó que este proyecto tiene el consenso de las fuerzas políticas que integran la Cámara de Diputados, por lo que en cuanto se retomen las actividades se llevará a discusión ante el Pleno. Agregó que desde el 14 de abril se han recibido 14 iniciativas y, en términos generales, todas tienen un componente de sanción.
Mencionó que la intención principal es castigar los diversos delitos cometidos en contra de personal del Sistema Nacional de Salud en el contexto de una emergencia sanitaria. Plantean hacer extensiva la protección a los miembros de servicios de emergencia en cualquier desastre natural o situación de emergencia.
Añadió que se propone establecer una sola calificativa que agrave la sanción que reciba una persona por cualquier delito cometido en contra de personal del Sistema Nacional de Salud, de cuerpos que presten servicios de emergencia o de las Fuerzas Armadas en funciones de auxilio.
El artículo 190 del Código Penal Federal, de aprobarse la reforma, quedaría así: “Al que cometa un delito contra el personal del Sistema Nacional de Salud, los cuerpos que presten servicios de emergencias o de las Fuerzas Armadas, en funciones de auxilio en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas durante el tiempo que corresponde a una contingencia sanitaria, emergencia o desastre natural, declarado en términos de la ley por la autoridad competente, se le impondrá de uno a diez años de prisión, además de la pena que le corresponda por el delito cometido”.
También, la ampliación de las razones que actualizan el delito de discriminación, pues en la legislación vigente no se contempla ninguna que permita la actualización de este delito en los casos de las conductas relativas a la condición laboral de la persona. Por ello, se prevé la incorporación de dicha razón y que la conducta se circunscriba a la mitigación de la emergencia sanitaria o desastre natural, para que la redacción se armonice con la calificativa que se propone.
Esto modificaría el artículo 149 Ter, el cual señalaría: “Se aplicará la sanción de uno a tres años de prisión o de 150 a 300 días trabajo a favor de la comunidad y hasta 200 días multa, al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas y condición laboral o desempeño de actividad relacionada con la mitigación de una emergencia sanitaria o desastre natural”. Ello, para que se pueda sancionar dentro del delito de discriminación.
De igual modo, la diputada Ortega Martínez explicó que se proponen sanciones administrativas en la Ley General de Salud, en donde se modificaría el artículo 427 para establecer que a la persona que realice o inste a realizar actos de violencia en cualquiera de sus modalidades contra el personal de salud, se les apliquen las sanciones a las que se refiere ese ordenamiento. En la misma ley se destacan algunas conductas que deben ser consideradas como discriminación y se hacen ubicaciones en el propio régimen transitorio, para armonizar la legislación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario