martes, 8 de octubre de 2013

CÁMARA DE DIPUTADOS

Legisladores del PAN se pronunciaron contra la propuesta contenida en la reforma hacendaria para eliminar el Repecos
* La reforma hacendaria debe ir a la simplificación de los trámites no a la complicación de los mismos
Francisco Rodríguez

En la sesión de ayer, diputados del grupo parlamentario del PAN se pronunciaron contra la propuesta contenida en la reforma hacendaria para eliminar el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), ya que consideraron que la medida derivaría en el aumento de la informalidad.
El secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Villarreal García señaló que una buena cantidad de microempresarios y comerciantes de plazas públicas tributan bajo este régimen, por la sencillez del cálculo derivado de los ingresos.
El legislador de Acción Nacional indicó que desaparecer el régimen y trasladarlos a uno de incorporación, como propone el Ejecutivo provocaría una complejidad de trámites hacia ese sector que los orillaría a abandonar la formalidad y sumarse a la informalidad.
“Acción Nacional propone ampliar la base de contribuyentes y no cargarle la manos a los mismos de siempre, se debe fomentar el empadronamiento de más comerciantes, no orillarlos a la informalidad”, dijo.
En el mismo tono, el también secretario de la Comisión de Hacienda, Humberto Alonso Morelli indicó que una reforma hacendaria debe ir a la simplificación de los trámites no a la complicación de los mismos.
El panista destacó que los pequeños contribuyentes tendrán ahora más obligaciones administrativas, lo que dificultará su cumplimiento.
Por último, el presidente del PAN DF, Mauricio Tabe indicó que la eliminación de los Repecos afectaría a más de 77 mil familias cuyos ingresos provienen de mercados establecidos en el Distrito Federal.

Cabe destacar, que el Régimen de Pequeños Contribuyentes incluye a la población dedicada al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, y que únicamente enajenan bienes o presten servicios al público en general, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año anterior no hayan excedido de dos millones de pesos. 

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